AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

 

Lee detenidamente estos apartados (introducción y funciones de los/las auxiliares de conversación) para obtener información específica sobre todo lo concerniente a nuestros/as auxiliares de conversación. En la botonadura lateral accederás a la normativa, desarrollo del trabajo, vídeos... y mucho más por cada curso escolar.

 

 INTRODUCCIÓN.

 

En el curso escolar 2017/18 no hemos contado con el recurso de un auxiliar de conversación, pero se han recogido los criterios pedagógicos básicos de trabajo y cooperación para los siguientes cursos escolares. Puedes consultar el apartado 6 de nuestro programa bilingüe en la botonadura específica de nuestra página web para acceder a toda la información sobre el/la auxiliar de conversación en nuestro Centro.

En primer lugar, en las reuniones de coordinación celebradas se han establecido los criterios para la elaboración del horario del/la auxiliar de conversación:

·         Que en el mayor número posible de materias entrase dentro de la misma semana en todos los cursos, para diseñar estrategias comunicativas comunes en todos los cursos.

·         El menor número de huecos posibles en el horario del auxiliar.

·         Incluir una hora mensual de coordinación con el auxiliar con profesorado de ANLs.

El horario del auxiliar es de 12 horas semanales repartidas en 4 días con  distribución rotativa.

Un auxiliar de conversación es un recurso humano muy importante para el aprendizaje de la lengua inglesa y el contacto del alumnado con otra cultura. Para su acogida y planificación de tareas, se incluyen las siguientes actuaciones en nuestro programa:

A/ Integración del asistente en el Centro:

·         Acogida, ayuda.

·         Presentación (al personal laboral y docente, enseñarle las instalaciones…)

·         Entrega de material que le haga sentirse un profesor/a del centro (listas de alumnado, cuaderno de calificaciones para que el alumnado vea que su participación tiene reflejo en su currículum).

·         Que tenga su taquilla, bandeja personal, llaves.

·         Control de su asistencia al Centro.

·         Participación en actividades culturales y extraescolares.

B/ Organización del trabajo del auxiliar:

·         Apoyo al alumnado bilingüe (desarrollo de la competencia comunicativa, preparación de B1, B2…).

·         Apoyo al profesorado de ANL. Por ejemplo, ayudando a preparar vocabulario básico o colaborando en la preparación de modelos de exámenes resueltos, en los que el 50% como mínimo tienen que estar en L2 o colaborar en la realización de pequeños vídeos con alumnado y profesorado. Hay que estar abiertos a que también hagan propuestas.

·         Ayuda y asesoramiento para la elaboración de materiales.

·         Grabación de materiales para poner también en la página web.

·         Refuerzo al resto de grupos.

C/ Consejos

c.1. Profesorado

Recordar que son jóvenes y no son docentes. No son los/las responsables de la clase. No tienen por qué dominar todas las materias. Por lo general, han sido estudiantes de humanidades.

c.2. Coordinador/a

·         Elaborar horarios rotativos (cuando son compartidos).

·         Fijar un calendario con su horario en la sala de profesorado. Se puede distinguir con colores diferenciando cada horario semanal o colores para cada asignatura.

·         Consensuar un trabajo básico (definiciones, textos, audios).

 

Estas medidas han tenido en cuenta experiencias de trabajo con los auxiliares de otros centros docentes según se expusieron en las jornadas sobre Formación Inicial para la Práctica Docente en Centros Bilingües organizadas por el CEP en septiembre de 2017. Las funciones del auxiliar de conversación se recogen en la Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la comunidad autónoma de Andalucía, en el artículo 23:

2. Los auxiliares de conversación colaborarán, preferentemente, con el profesorado que imparta áreas, materias o módulos profesionales en la L2, con objeto de fomentar la conversación oral con el alumnado. En ningún caso realizarán funciones propias del profesorado, por quien estarán siempre acompañados en el aula.

En la botonadura lateral puedes acceder a la normativa sobre auxiliares de conversación. Tan pronto como se incorpore a nuestro Centro, iremos añadiendo todos los apartados sobre el desarrollo de su trabajo.

 

                   FUNCIONES DE LOS/LAS AUXILIARES DE CONVERSACIÓN

 

 Las funciones de los/las auxiliares de conversación están recogidas en la Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la comunidad autónoma de Andalucía, en el artículo 23. Los/as auxiliares de conversación asignados/as a los centros realizarán las siguientes actividades:

 

a) Desarrollarán su actividad durante doce (12) horas semanales de atención directa al alumnado, que podrán realizarse a tiempo total en un único centro o ser compartidas en otro centro. En todo caso, estarán acompañados siempre en el aula por el profesor o profesora con el o la que colaboren y bajo la tutorización de la coordinación bilingüe del centro.

 

b) Reforzarán las destrezas orales del alumnado en la lengua extranjera objeto de estudio.

 

c) Proporcionarán un modelo de corrección fonética y gramatical en la lengua extranjera correspondiente.

 

d) Fuera del periodo de atención directa al alumnado, prepararán sus actividades con el profesorado de referencia con el que también colaborarán, en su caso, en la preparación de materiales didácticos en la lengua extranjera correspondiente.

 

e) Acercarán al alumnado y al profesorado a la cultura del país donde se habla la lengua extranjera mediante la presentación de temas de actualidad y actividades lúdicas en el aula.

 

f) Asistirán a las actividades de orientación y formativas que organice la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, en su caso acompañados por las coordinaciones bilingües de sus centros.

 

g) Podrán participar en las actividades complementarias y extraescolares que se desarrollen dentro del territorio nacional organizadas por el centro al que están asignados, sin que esto conlleve responsabilidad alguna del auxiliar o de la auxiliar sobre el alumnado participante o la actividad que se lleve a cabo. En ningún momento ejercerán la labor correspondiente al profesorado acompañante.

 

 La duración de la colaboración de los auxiliares y las auxiliares será como máximo de ocho meses, no anterior al 1 octubre  ni posterior al 31 de mayo.